Región Unión Europea · Artículo · 3 diciembre, 2021

La nueva Estrategia Europea sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Por Giampiero Griffo, miembro de la Junta Directiva del Foro Europeo de la Discapacidad y codirector del Centro de estudios sobre gobernabilidad y discapacidad “Robert Castel” (CeRC) de la Universidad Suor Orsola Benincasa de Nápoles.

Políticas de la Unión Europea para los ciudadanos europeos con discapacidad

La Unión Europea (UE) lleva varias décadas construyendo una estrategia progresiva de apoyo a los derechos de los ciudadanos europeos con discapacidad. Desde la resolución de 1996 por la que se adoptan las normas estándar de la ONU[1], hasta la adopción del artículo 13 en el Tratado constitutivo de la Unión Europea (Tratado de Ámsterdam, 1997), que incluyó por primera vez la cuestión de la discapacidad en el contexto de la no discriminación[2]; pasando por la inclusión del art. 21 y del art. 26 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (Niza 2000)[3]; a la ley de no discriminación en el empleo[4]  y al Año Europeo 2003 dedicado a las personas con discapacidad[5], en el que 10.000 iniciativas en todos los países sensibilizaron a los ciudadanos europeos sobre las condiciones de las personas que vivían en condiciones de discapacidad. De todas estas iniciativas ha surgido una creciente atención y compromiso por proteger los derechos de estos ciudadanos que ahora representan el 16 % de la población de la UE, unos 90 millones.

Después de ese año -también sobre la base de la Declaración de Madrid[6] – la estrategia europea se basó en 4 pilares: (i) la no discriminación, (ii) la inclusión en todas las políticas y programas de la UE, (iii) la atención al acceso al mercado y (iv) la plena participación en las decisiones que les afectan por parte del Foro Europeo de la Discapacidad[7] (EDF). Esta última ha desempeñado un papel fundamental en el proceso de desarrollo de políticas e instrumentos jurídicos y sociales de protección, apoyo e inclusión. Por su autoridad, reconocida por todas las instituciones europeas, su capacidad de propuesta, su acción activa en las distintas instituciones europeas, en el Parlamento Europeo y en los países miembros, la experiencia del EDF es el nivel más avanzado de participación en las decisiones que afectan a las personas con discapacidad.

La transposición de la legislación de la UE representa aproximadamente un tercio de la legislación nacional. La legislación de la UE en materia de discapacidad ha sido muy importante. La UE ha legislado sobre la accesibilidad del transporte, protegiendo el derecho a la movilidad; la accesibilidad a las nuevas tecnologías y la sociedad de la información; la accesibilidad al mercado; el trabajo y el empleo; las mujeres, los jóvenes y los niños; la educación y la formación; la normalización de productos; la contratación pública; y la cooperación internacional. Especialmente importante es el respeto de la restricción de accesibilidad en el uso de los Fondos Estructurales Europeos, aproximadamente 1/3 de todo el presupuesto de la UE[8]; otro elemento es el Pilar Europeo de Derechos Sociales[9], proclamado conjuntamente en 2017 por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea (CE). Tras la adhesión de la UE a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) -que tuvo lugar en enero de 2011 sobre la base del artículo 44 de la Convención-, la UE presentó, en 2016, su primer informe al Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que recomendó las observaciones finales[10]. Al ser el primer tratado de derechos humanos al que se adhiere, la UE está muy comprometida con el cumplimiento de los compromisos internacionales resultantes.

Antecedentes

En 2004 -tras el éxito del Año Europeo- se puso en marcha un Plan de Acción Europeo para las personas con discapacidad basado en la igualdad de oportunidades[11]. El plan tenía como objetivo lograr la plena aplicación de la Directiva europea sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación (2000/78/CE), reforzar el mainstream de las cuestiones de discapacidad en las políticas comunitarias pertinentes y mejorar la accesibilidad para todos. A partir de entonces, la CE publicará cada dos años un informe sobre la situación general de las personas con discapacidad en la UE ampliada, hasta que se defina un nuevo instrumento de iniciativas europeas en 2010. En la primera fase, el Plan de Acción (2004-2005) se centró en cuatro acciones prioritarias relacionadas con el empleo: a) acceso y mantenimiento del empleo, incluida la lucha contra la discriminación; b) aprendizaje permanente para apoyar y mejorar la empleabilidad, la adaptabilidad, el desarrollo personal y la ciudadanía activa; c) nuevas tecnologías para emancipar a las personas con discapacidad y facilitar su acceso al empleo; d) accesibilidad del entorno público construido para mejorar la participación en el lugar de trabajo y la integración en la economía y la sociedad. En los años siguientes se presentaron dos informes (2006-2007 y 2008-2009) y actualizaciones de los objetivos fijados.

Sin embargo, el Plan de Acción resultó escasamente eficaz, por lo que se elaboró un nuevo instrumento: la Estrategia Europea sobre Discapacidad (2010-2020)[12]. El objetivo general de la Estrategia era permitir a las personas con discapacidades ejercer todos sus derechos y beneficiarse de la plena participación en la sociedad y la economía europea, en particular a través del mercado único. Esta estrategia resultaba más orgánica, definiendo ocho áreas de intervención y objetivos de la UE con plazos determinados. Las áreas eran: accesibilidad, participación, igualdad, empleo, educación y formación, protección social, salud y acciones exteriores. Se definían los mecanismos[13] esenciales para la aplicación de la Convención de la ONU también en el seno de las instituciones europeas. También identificaba el apoyo necesario para la financiación, la investigación, la sensibilización, las estadísticas y la recopilación de datos.

La nueva estrategia sobre los derechos de las personas con discapacidad (2021- 2030)

En marzo de 2021, la Comisión Europea presentó su nueva estrategia Una Unión de la Igualdad: Estrategia sobre los derechos de las personas con discapacidad para 2021-2030. Tras una serie de evaluaciones técnicas de expertos sobre el impacto de la antigua estrategia y una consulta pública, la estrategia atesora las experiencias anteriores y se articula en dos ámbitos de trabajo precisos: el de la competencia directa de la UE y el de la competencia compartida y/o la competencia de los Estados miembros y las autoridades regionales y locales.

Describir la extensa lista de objetivos e iniciativas es imposible en un artículo como este. Intentaremos identificar las cuestiones más importantes y esbozar los fundamentos y las herramientas sobre las que funcionará la estrategia. «La estrategia fomenta una perspectiva intersectorial, que aborda los obstáculos específicos que afrontan las personas con discapacidad que se encuentran en la intersección de identidades (género, raza, etnia, sexo, religión), o en una situación socioeconómica difícil (…) Dentro del colectivo de las personas con discapacidad, las mujeres, los niños, las personas mayores, las personas sin hogar, los refugiados, los migrantes, los gitanos o cualquier otra minoría étnica necesitan una atención especial. (…) Al complementar las estrategias en materia de igualdad adoptadas para luchar contra todas las formas de discriminación, esta Estrategia ayudará a lograr una Unión de la Igualdad y a reforzar el papel de Europa como socio global a la hora de luchar contra las desigualdades, así como a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas[14] y a promover los derechos humanos»[15].

La estrategia identifica 8 áreas de intervención que luego articula con subáreas específicas. La breve descripción de las actividades individuales está repleta de compromisos y perspectivas de trabajo y va acompañada de datos que motivan las iniciativas.

Un primer elemento es la accesibilidad, un factor que posibilita los derechos, la autonomía y la igualdad. Dentro de este ámbito político, para 2023 la CE revisará el funcionamiento del mercado interior de las tecnologías de asistencia para determinar las nuevas medidas necesarias. La CE revisará el marco legislativo sobre la eficiencia energética de los edificios, que, a través de las normas de renovación, también afecta a las mejoras de accesibilidad[16]. En 2021, la CE proporcionará orientaciones prácticas a los Estados miembros para apoyar la aplicación de las obligaciones de accesibilidad de la Directiva sobre contratación pública y promoverá la formación de los compradores públicos para la adquisición de bienes accesibles; integrará la accesibilidad y la inclusión en la estrategia reforzada de la UE para la administración pública digital; llevar a cabo una revisión del marco jurídico sobre los derechos de los pasajeros, incluidos los derechos de las personas con discapacidad y con movilidad reducida en el transporte aéreo, marítimo y por autobús[17]; llevar a cabo una revisión del Reglamento sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la red transeuropea de transporte para reforzar las disposiciones sobre accesibilidad[18]; llevar a cabo una revisión del Paquete de Movilidad Urbana para reforzar la planificación de la movilidad sostenible. En 2022, evaluará la aplicación de la Directiva de Accesibilidad a la Web con vistas a su actualización; pondrá en marcha un inventario de activos de infraestructura ferroviaria[19]; lanzará un centro europeo de recursos, AccessibleEU, para aumentar la coherencia de las políticas de accesibilidad y facilitar el acceso a los conocimientos pertinentes.

En el segundo ámbito de la Estrategia, relacionado con el disfrute de los derechos de la UE, la CE propone crear a partir de 2023, para la libertad de circulación y residencia, una Tarjeta Europea de Discapacidad reconocida en todos los Estados miembros; para promover la participación en el proceso democrático mediante el ejercicio de los derechos electorales de los grupos infrarrepresentados, incluidas las personas con discapacidad, trabajará con los Estados miembros y el Parlamento Europeo para garantizar los derechos políticos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás; trabajará con los Estados miembros para apoyar la plena participación en las elecciones y la accesibilidad de las elecciones europeas; tratará de abordar las necesidades de los ciudadanos con discapacidad en el compendio sobre el voto electrónico previsto en el Plan de Acción Europeo para la Democracia; apoyará la participación democrática inclusiva, también para las personas con discapacidad, a través del nuevo programa Ciudadanía, Igualdad, Derechos y Valores (CERV por su acrónimo inglés). En 2022, debatirá las prácticas de democracia inclusiva para que las listas de candidatos reflejen la diversidad de nuestras sociedades; en 2023, en cooperación con los Estados miembros, definirá una guía de buenas prácticas electorales que aborde la participación de los ciudadanos con discapacidad en el proceso electoral.

El tercer ámbito se refiere a la Calidad de vida digna y vida independiente. En este contexto, la CE propone desarrollar la vida independiente y reforzar los servicios basados en la comunidad a través de las siguientes acciones: en 2003 publicará directrices para recomendar a los Estados miembros mejoras en materia de vida independiente e inclusión en la comunidad; en 2024 presentará un marco europeo de calidad para servicios sociales de excelencia para personas con discapacidad. La CE pide a los Estados miembros que apliquen buenas prácticas de desinstitucionalización; que promuevan y garanticen la financiación de viviendas sociales accesibles e inclusivas de la discapacidad. Con el fin de desarrollar nuevas capacidades para nuevos empleos, la CE fijará objetivos para la participación de adultos con discapacidades en actividades de aprendizaje, con el fin de aumentar su participación y garantizar estrategias nacionales de capacidades inclusivas, incluyendo programas de EFP inclusivos y accesibles. Se fomentará el acceso a empleos sostenibles y de calidad mediante un paquete de medidas para mejorar los resultados de las personas con discapacidad en el mercado laboral[20]; en 2021 publicará un informe sobre la aplicación de la Directiva de la UE sobre la igualdad en el empleo[21] y publicará un plan de acción para el sector de la economía social. En el mismo ámbito de actuación, para consolidar los sistemas de protección social, pondrá en marcha en 2022 un estudio sobre la protección social y los servicios para las personas con discapacidad, y proporcionará orientaciones para apoyar a los Estados miembros en nuevas reformas de la protección social.

En cuanto a la igualdad de acceso y la no discriminación, el cuarto ámbito de intervención, la CE se compromete a mejorar (i) el acceso a la justicia, la protección jurídica, la libertad y la seguridad con un estudio sobre la protección de los adultos vulnerables en situaciones transfronterizas, un estudio sobre las garantías procesales para los adultos vulnerables en los procesos penales; proporcionará orientación a los Estados miembros sobre el acceso a la justicia, fomentará la participación de las personas con discapacidad como profesionales en el sistema de justicia y recogerá buenas prácticas sobre el proceso de toma de decisiones respaldado. Para la Igualdad de acceso a la protección social, la atención sanitaria, la educación y los bienes y servicios, incluida la vivienda, la CE pide a los Estados miembros que apliquen el principio de igualdad de trato más allá del ámbito del empleo y que apoyen la cooperación entre la UE y los marcos nacionales de la CNUDPD (Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad) y los miembros de las redes europeas de defensores de los derechos[22]. Sobre la educación inclusiva y accesible la CE publicará en 2021 un conjunto de herramientas para la inclusión en la educación y la atención a la primera infancia; apoyará a los Estados miembros para que sigan desarrollando sus sistemas de formación del profesorado para alumnos con discapacidad; respaldará mayores esfuerzos para aplicar el plan de acción para el apoyo educativo y la educación inclusiva[23]. La CE pide a los Estados miembros que apoyen el desarrollo de escuelas inclusivas, que garanticen que sus sistemas educativos, a todos los niveles, cumplan con la CDPD y que apoyen la aplicación del artículo 24 de la CDPD en las escuelas europeas.  Para un acceso sostenible e igualitario a la asistencia sanitaria, la CE abordará las cuestiones de salud y discapacidad a través del Grupo Director de Promoción y Prevención (GDPP) para compartir las buenas prácticas validadas, relacionadas con la salud; ayudará a las partes interesadas a abordar y mitigar la carga de la pandemia de COVID-19 en la salud mental de los ciudadanos europeos; y abordará las desigualdades específicas que afectan a las personas con discapacidad en el acceso a la prevención, la detección temprana y el tratamiento del cáncer. La CE pide a los Estados miembros que mejoren el acceso de las personas con discapacidad dentro de la cartera de servicios sanitarios, basándose en una asistencia sanitaria inclusiva, accesible y centrada en la persona y en el consentimiento libre e informado; que proporcionen información y desarrollen estrategias de apoyo a los pacientes con discapacidades relacionadas con las enfermedades raras. Para mejorar el acceso al arte y la cultura, las actividades recreativas, el ocio, el deporte y el turismo, la CE pondrá en marcha un estudio de evaluación sobre la aplicación del artículo 30 de la CDPD; colaborará con el Comité Paralímpico Internacional para promover la inclusión en el deporte y luchar contra los estereotipos; y seguirá promoviendo el desarrollo del turismo accesible, a través del premio Capital Europea del Turismo Inteligente[24]. La CE pide a los Estados miembros que promuevan y fomenten la expresión artística de las personas con discapacidad y que hagan accesibles a las personas con discapacidad más museos y exposiciones de arte. Con el fin de garantizar la seguridad y la protección, tanto contra la violencia y los delitos de odio, como para la tutela de los derechos de los migrantes con discapacidad, así como en los sistemas de emergencia inclusivos contra diversas catástrofes naturales y humanas, la CE -para 2024- proporcionará orientación a los Estados miembros y a los operadores, incluidos los agentes de policía, sobre la mejora del apoyo a las personas con discapacidad víctimas de la violencia; invitará a la Agencia de Derechos Fundamentales a examinar la situación de las personas con discapacidad que viven en instituciones en relación con la violencia, los abusos y la tortura. La CE pide a los Estados miembros que apliquen la protección del SECA (Sistema Europeo Común de Asilo) teniendo en cuenta las necesidades específicas de los solicitantes y los beneficiarios de protección internacional vulnerables; que faciliten la formación del personal de protección y de los intérpretes que se ocupan de las solicitudes de asilo de personas vulnerables.

Para promover los derechos de las personas con discapacidad en todo el mundo, el quinto ámbito de aplicación, la CE reforzará su papel de defensora mundial de los derechos de las personas con discapacidad mediante la cooperación, la acción humanitaria y el diálogo con la comunidad internacional de la Convención.  En 2021, la CE actualizará el conjunto de las herramientas para el enfoque basado en los derechos, que incluye todos los derechos humanos para la cooperación al desarrollo de la UE; garantizará que las delegaciones de la UE desempeñen un papel más activo en el apoyo a la aplicación de la CDPD; hará un uso sistemático del Indicador de Discapacidad del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE[25] para realizar un seguimiento de las inversiones que incluyen la discapacidad para un control específico de la financiación de la UE; proporcionará asistencia técnica, junto con los Estados miembros, a las administraciones de los países asociados a través de sus programas y estructuras; organizará diálogos estructurados periódicos durante la conferencia anual de los Estados Parte de la CDPD y en el contexto de otros foros multilaterales existentes; y reforzará la cooperación, centrándose en la accesibilidad y el empleo.

Para garantizar la aplicación eficaz de la estrategia, el sexto ámbito de intervención promoverá la iniciativa «Legislar mejor», destinada a cumplir la CDPD cuando se elaboren políticas para mejorar la inclusión de la discapacidad y en las evaluaciones de impacto y otros derechos de estos ciudadanos. Para reforzar la cooperación entre las instituciones de la UE y los Estados miembros, la CE invita a todas las instituciones y organismos de la UE, así como a los órganos y delegaciones, a designar coordinadores de discapacidad para sus respectivas instituciones, así como estrategias en materia de discapacidad; organiza reuniones periódicas de alto nivel entre el Parlamento Europeo, el Consejo, la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), con la participación de las organizaciones que representan a las personas con discapacidad; organiza un intercambio de opiniones anual con el Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones. La CE invita a los Estados miembros a tener en cuenta las necesidades específicas de las personas con discapacidad en todas las políticas que se aborden en el Consejo y en las conclusiones de este (integración de la discapacidad). Para colaborar con los Estados miembros y las autoridades regionales y locales, la CE, en el marco del proyecto FARO, instaurará en 2021 la Plataforma de la Discapacidad que respaldará la aplicación de las estrategias europeas y nacionales en materia de discapacidad y reunirá a los puntos focales nacionales de la Convención, las organizaciones de personas con discapacidad y la propia CE. Además, la CE establecerá un diálogo sobre la discapacidad con las redes existentes[26] de autoridades locales y regionales. La CE invita a los Estados miembros a adoptar estrategias nacionales ambiciosas para promover la aplicación de la CDPD y de esta estrategia a nivel nacional, regional y local.

A continuación, la CE se compromete a apoyar la aplicación de la Estrategia a través de la financiación de la UE, continuando con la promoción del uso de la financiación de la UE por parte de los Estados miembros (según el Marco Financiero Plurianual 2021-2027[27]), y de las nuevas oportunidades de financiación en el marco de NextGenerationEU y de los Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia[28]. La financiación de la UE apoya ámbitos como la desinstitucionalización, la inclusión socioeconómica de las personas con discapacidad, el acceso a servicios inclusivos, la educación y la asistencia sanitaria, la mejora de la inclusión del patrimonio cultural y la garantía de accesibilidad. La CE explorará las oportunidades de financiación a través del nuevo programa de Ciudadanía, Igualdad, Derechos y Valores (CERV) para promover el compromiso de los ciudadanos con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás; apoyará a los Estados miembros en el uso de los fondos de la UE de acuerdo con la CDPD. La CE insta a los Estados miembros a que garanticen la colaboración con las autoridades regionales y locales, y con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, en el diseño y la ejecución de los fondos de la UE; anima a los puntos focales de la CDPD a que apoyen el cumplimiento de las condiciones de habilitación pertinentes durante todo el periodo de programación.

La CE quiere dar ejemplo e invita, en el séptimo ámbito político, a las demás instituciones y organismos de la UE a hacer lo mismo. Para ello, hará que los procesos de selección, contratación, empleo y mantenimiento del puesto de trabajo sean inclusivos desde el punto de vista de la discapacidad.

La CE adoptará una estrategia renovada de recursos humanos que incluya acciones para promover la diversidad y la inclusión de las personas con discapacidad; garantizará la eliminación y prevención continuas de las barreras para el personal y el público con discapacidad por parte de todos los servicios; y reforzará los informes de gestión de todos los servicios de la CE sobre la diversidad, incluyendo los ajustes razonables para el personal con discapacidad. Promoverá la accesibilidad de los edificios y de la comunicación a nivel interno: en 2021, adoptará un plan de acción sobre la accesibilidad de la web[29]; para 2023, mejorará la accesibilidad de todos sus servicios de comunicación audiovisual y gráfica; garantizará la accesibilidad de todos los nuevos edificios ocupados por la CE; garantizará la accesibilidad de los lugares donde se celebren eventos de la CE; y garantizará que, para 2030, todos los edificios de la CE cumplan las normas europeas de accesibilidad.

Finalmente, el último capítulo de la estrategia está dedicado a la concienciación, la gobernanza y la medición de los avances. La CE iniciará los trabajos con el Consejo para actualizar la declaración de la UE sobre la competencia de la Unión en las materias reguladas por la Convención[30]. El número de actos jurídicos pertinentes de la UE ha aumentado considerablemente, pasando de unos 40 enumerados en la declaración de 2008 a más de 130[31].

Se reforzará el sistema de seguimiento de la UE en el marco de la CDPD: en 2022, revisará el funcionamiento del marco de la UE y propondrá acciones sobre la base de esta revisión; organizará un diálogo anual entre la CE como centro de coordinación de la UE y el marco de la UE. La CE desarrollará y publicará en 2021 un marco de seguimiento que cubra los objetivos y acciones de esta estrategia; para 2023 elaborará nuevos indicadores de discapacidad (que cubran a los niños y la situación de las personas con discapacidad en términos de empleo, educación, protección social, pobreza y exclusión social, condiciones de vida, salud y uso de las nuevas tecnologías de la comunicación, para apoyar los indicadores del Cuadro de Indicadores Sociales de la UE, el Semestre Europeo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible); en 2024, elaborará un informe sobre la estrategia; desarrollar una estrategia de recogida de datos, orientando a los Estados miembros en consecuencia; y proporcionará un análisis de las fuentes de datos e indicadores existentes, incluidos los datos administrativos.

A lo largo de la próxima década, la estrategia respaldará tanto a los Estados miembros como a las instituciones de la UE en sus esfuerzos por aplicar la CDPD. La aplicación de las iniciativas previstas en la estrategia contribuirá a reducir la discriminación y la desigualdad y ayudará a las personas con discapacidad a disfrutar plenamente de sus derechos humanos, libertades fundamentales y derechos de la UE en igualdad de condiciones con los demás de aquí a 2030, con el fin de maximizar su independencia, participación y condiciones de vida dignas.

[1] Ver https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/62766d31-a09a-42f9-9ff9-3262eb7451d0

[2] Ver https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=OJ:C:1997:340:TOC

[3] Carta de los Derechos Fundamentales de los Ciudadanos Europeos (Niza 2000), https://www.europarl.europa.eu/charter/default_es.htm#

[4] Direttiva europea 78/2000, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=LEGISSUM:c10823&from=IT

[5] Ver https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=LEGISSUM:c11413 .

[6] Declaración de Madrid, http://riberdis.cedd.net/bitstream/handle/11181/3048/119384.pdf?sequence=1&rd=003164900394307

[7] Véase el sitio web del Foro Europeo de la Discapacidad www.edf-feph.org , donde se incluyen todas las estrategias políticas europeas de actuación en inglés y francés.

[8] Ver https://ec.europa.eu/regional_policy/es/information/publications/legislation/2015/european-structural-and-investment-funds-2014-2020-official-texts-and-commentaries .

[9] Proclamación interinstitucional sobre el pilar europeo de derechos sociales (2017/C 428/09).

[10] Ver https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G15/226/58/PDF/G1522658.pdf?OpenElement

[11] Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad: un plan de acción europeo, Bruselas, 30.10.2003, COM (2003) 650 final, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=LEGISSUM:c11414&from=IT

[12] Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020: un compromiso renovado para una Europa sin barreras Bruselas, 15.11.2010, COM (2010) 636 final, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=LEGISSUM:em0047 ,

[13] Sobre la base de los artículos 33 y 44 de la Convención de la ONU y del Código de Conducta de la UE, que identificaba las competencias europeas, las compartidas con los Estados y las que quedaban en poder de los Estados miembros.

[14] Naciones Unidas – Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

[15] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Una Unión de la Igualdad: Estrategia sobre los derechos de las personas con discapacidad para 2021-2030

[16] La obligación de renovar un porcentaje de edificios públicos cada año se aplica actualmente sólo a las administraciones centrales, pero se ampliará a todos los niveles de la administración pública, incluida la Comisión.

[17] Comunicación de la Comisión (COM(2020) 789 final) – Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente, párrafos 91 y 92, y anexo, acciones 63 y 64. Las evaluaciones de los Reglamentos sobre los derechos de los pasajeros aéreos para las personas con discapacidad y con movilidad reducida y sobre los derechos de los pasajeros de los transportes marítimos y de los autobuses (2021) están en curso y deberían concluirse en el primer semestre de 2021.

[18] Reglamento (UE) nº 1315/2013 sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la red transeuropea de transporte;

comunicación de la Comisión (COM (2020) 789 final) – Estrategia de movilidad sostenible e inteligente, punto 23 y anexo, acción 55.

[19] Reglamento de Ejecución (UE) 2019/772 de la Comisión.

[20] Además de las iniciativas mencionadas anteriormente, la CE pide a los Estados que aumenten la tasa de empleo de las personas con discapacidad, refuercen la capacidad de los servicios de empleo y faciliten el trabajo por cuenta propia y el espíritu empresarial, y desarrollen medidas para seguir subsanando las deficiencias de la protección social de las personas con discapacidad.

[21] El informe se presentará junto con el informe sobre la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.

[22] Por ejemplo, la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (ENNHRI), la Red Europea de Organismos de Igualdad (Equinet) y la Red Europea de Defensores del Pueblo (ENO).

[23] Según lo aprobado por el Consejo de Gobernadores en su reunión de abril de 2019 en Atenas.

[24] Capital Europea del Turismo Inteligente para la sostenibilidad, la accesibilidad, la digitalización, el patrimonio cultural y la creatividad.

[25] OCDE, 2019 – Manual para el marcador de la inclusión y el empoderamiento de las personas con discapacidad.

[26] Por ejemplo Eurocities o el Consejo de Municipios y Regiones de Europa – CMRE.

[27] Reglamento (CE) 2020/2093 del Consejo por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027.

[28] Los Estados miembros tendrán que cumplir las llamadas «condiciones de habilitación» para garantizar que el entorno de inversión esté bien preparado, desde el principio, para el apoyo de la UE, y entre las condiciones de habilitación está la existencia de un marco nacional que garantice la aplicación de la CDPD.

[29] La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) seguirá mejorando la accesibilidad de sus pruebas y su sitio web para cumplir con la directrices de accesibilidad al contenido de la web.

[30] Comité de las Naciones Unidas, 2015 – Observaciones finales sobre el informe inicial de la Unión Europea.

[31] Comisión (SWD (2017) 29 final) – Informe de situación sobre la aplicación de la Estrategia Europea de Discapacidad (2010-2020).

 

Pais: Región Unión Europea
ODS: Reducción de las desigualdades, Paz, justicia e instituciones sólidas
Área de Políticas: Políticas Sociales
Tipo: Artículo

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