Argentina · 30 abril, 2020

Incorporación de la COVID-19 como enfermedad de carácter profesional en Argentina

El área de Políticas Sociales del Programa en IILA continua el intercambio de información con funcionarios de Argentina sobre las políticas laborales y de seguridad social implementadas en Europa para afrontar la crisis económica y social relacionada al coronavirus.

Luego del encuentro on line organizado desde el Programa de la Unión Europea EUROsociAL  con Argentina, acerca de las políticas laborales y de seguridad social implementadas en Europa para afrontar la crisis económica y social relacionada al Coronavirus COVID-19, en el cual participaron autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Argentina; experto italiano de políticas del mercado de trabajo; la Delegación de la Unión Europea en Argentina; y el área de Políticas Sociales de EUROsociAL+, se dio continuidad al intercambio de información.

Uno de los temas abordados en su momento había sido la equiparación a la enfermedad – para los efectos del tratamiento económico previsto por la legislación – los periodos de cuarentena y vigilancia. Por tanto, se facilitó normativa utilizada en España e Italia para atender situaciones semejantes.

Con el objetivo de implementar políticas de seguridad social para extremar el cuidado de la salud de los trabajadores, el Gobierno dispuso que la COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2, sea considerada una enfermedad presuntivamente de carácter profesional, mediante el Decreto Presidencial 367 del 13/04/2020 cuyo artículo primero establece que “la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada-  … respecto de las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias, y mientras se encuentre vigente la medida de aislamiento dispuesta por esas normativas, o sus eventuales prórrogas.” De este modo las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo deberán adecuar sus coberturas para que los trabajadores damnificados reciban, en forma inmediata, las prestaciones correspondientes.

Desde 2018 EUROsociAL + viene acompañando a la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo en diversas temáticas. La batería de medidas que viene implementando Argentina en materia social, económica y laboral, y la vasta experiencia europea, anima a continuar construyendo un espacio de diálogo en línea periódico entre países de Europa y América Latina para identificar respuestas apropiadas a los efectos económicos de la pandemia COVID-19.

Pais: Argentina
ODS: Salud y bienestar, Trabajo decente y crecimiento económico, Reducción de las desigualdades
Área Política: Políticas Sociales

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